Avales ICO para comprar una primera vivienda

¿Estás pensando en comprar tu primera vivienda pero no cuentas con los ahorros suficientes para hacer frente a la entrada? Entonces los avales ICO pueden ser la solución que necesitas.

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La dificultad para acceder a la compra de una vivienda hace que España sea uno de los países de Europa en el que los jóvenes se emancipan más tarde, con una media de 30,3 años.

Con el precio de los alquileres disparado, la opción de comprar una primera vivienda resulta más atractiva, pero también se complica por la cantidad de dinero ahorrado que se necesita para poder pagar la parte de financiación que el banco no te da, que ronda el 20% del precio.

Para facilitar este acceso a una primera vivienda a los jóvenes y familias con hijos menores que tienen solvencia financiera, pero que no han podido ahorrar lo suficiente como para acceder a una hipoteca, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana (MIVAU) ha lanzado una línea de avales que contribuirá a obtener la financiación del 100% de la vivienda.

Aquí te contamos en qué consisten los avales ICO, qué requisitos se deben cumplir y cómo acceder a ellos.

¿Qué son los avales ICO para comprar una primera vivienda?

Cuando se pide una hipoteca, normalmente las entidades financieras conceden el 80% del valor de tasación de la vivienda. Hay algunas hipotecas, normalmente destinadas a personas jóvenes, que financian hasta el 95%, pero no suele ser lo habitual.

Por lo tanto, para poder comprar un piso con hipoteca, se necesita contar con ese 20% del precio que no financia el banco y aproximadamente un 10% adicional para cubrir los impuestos y los gastos de la compra.

Esto hace que muchas personas, especialmente los jóvenes, no puedan acceder a la compra aunque tengan un buen nivel adquisitivo.

Los avales ICO se crean para estos perfiles: se trata de una línea de avales que facilita que las entidades bancarias cubran con la hipoteca el 100% del precio de la vivienda o el valor de tasación (en lugar del 80% habitual), avalando hasta el 20% del importe del préstamo durante los 10 primeros años del mismo.

En el caso de que el piso que vayas a comprar cuente con una calificación energética D o superior, el ICO podrá avalar hasta el 25%.

Entonces, ¿los avales ICO son un préstamo?

No, los avales ICO no te van a prestar dinero ni a darte una subvención. El Ministerio de Vivienda actuará como tu avalista durante los primeros 10 años para que puedas solicitar al banco la financiación del 100%, en lugar del 80% que suelen conceder.

Es decir, que con los avales ICO podrás conseguir la financiación necesaria para comprar una vivienda aunque no tengas los ahorros necesarios para tener la entrada que normalmente hace falta.

Debes tener claro que serás tú en todo momento quien deba devolver la cantidad total de la hipoteca al banco más los intereses y que igualmente deberás contar con el dinero para hacer frente a los impuestos y gastos de la compra.

Aquí te detallamos todos los gastos que hay al comprar una vivienda →

¿Qué pasaría si no pudieses pagar la hipoteca?

El Ministerio de Vivienda será tu avalista durante los primeros 10 años que dure la hipoteca.

En el caso de que durante este tiempo no pudieses hacer frente al pago de las cuotas de la hipoteca, ellos podrían anticipar por ti el importe impagado al banco, siempre que esté por debajo del límite que han avalado.

Posteriormente, el Ministerio de Vivienda te reclamaría el importe anticipado a ti o a los otros fiadores (si los hubiese).

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Dónde se solicitan los avales ICO

Los avales los gestionan las entidades de crédito adheridas a la línea (puedes verlas aquí).
Por tanto, tendrás que acudir al banco que elijas para que te den las condiciones adaptadas a tu perfil y avisarles de que quieres acogerte a la línea de avales. Ellos te informarán de cómo proceder y la información que debes aportar.

Te recomendamos que compares entre varias entidades para ver qué condiciones te ofrece cada una.

Requisitos para solicitar los avales ICO

Los avales ICO están destinados a la adquisición de una primera vivienda por parte de:

  • Personas entre 18 y 35 años. No puedes haber cumplido los 36 años cuando se firme el préstamo hipotecario.
  • Familias con menores a su cargo.

Los compradores deben ser mayores de 18 años, no pueden ser más de dos personas y ambos deberán cumplir los siguientes requisitos, además de pertenecer a uno de los colectivos mencionados en el anterior párrafo:

  • Ser mayores de edad.
  • Haber tenido su residencia legal en España durante los 2 años anteriores a la solicitud de la financiación, de forma continua e ininterrumpida.
  • La vivienda que se compre tendrá que estar en España y ser destinada a vivienda habitual y permanente, sin poderse utilizar para llevar a cabo una actividad económica.
  • No podrán haber sido propietarios de otra vivienda con anterioridad, salvo en excepciones.
  • No podrán estar en situación de morosidad en el CIRBE.
  • El precio de la vivienda no puede superar el máximo establecido en cada CCAA. En el caso de Aragón son 275.000€.
  • No podrán tener un patrimonio neto superior a 100.000€ por persona.
  • Deberán cumplir en el momento de la formalización de la hipoteca los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Ingresos máximos si eres menor de 35 años

Adicionalmente a los requisitos anteriores, si eres menor de 35 años:

  • Tus ingresos no pueden ser superiores a 37.800€ brutos anuales (4,5 veces el IPREM).
  • Si compráis 2 personas, los ingresos brutos anuales no pueden superar los 75.600€.

Ingresos máximos para familias con menores a cargo

En el caso de que tengas menores a tu cargo:

  • Tus ingresos no podrán ser superiores a 37.800€ brutos anuales (4,5 veces el IPREM).
  • Si compráis 2 personas, los ingresos brutos anuales no pueden superar los 75.600€.
  • Estos importes se incrementarán en 2.520€ brutos anuales (0,3 veces el IPREM) por cada menor a cargo.
  • Si sois una familia monoparental el límite de ingresos se podrá aumentar en un 70%.

Excepciones si ya eres propietario de una vivienda

Uno de los requisitos principales para poder acceder a los avales ICO es no ser propietario de una vivienda, pero podrías acceder igualmente en estos casos:

  • Si eres propietario de una parte de la vivienda y la hayas obtenido por herencia o transmisión mortis causa sin testamento.
  • Si eres propietario pero no puedes utilizarla a causa de separación o divorcio.
  • Si tú o alguna de las personas de la unidad de convivencia tiene una discapacidad y la vivienda es inaccesible.

Cuál es el importe de los avales ICO

Por un lado, el precio de la vivienda no puede superar el máximo establecido, que en Aragón es de 275.000€.

Por otro, el importe de la hipoteca debe estar entre el 80% (75% en el caso de que la vivienda tenga una calificación energética D o superior) y el 100% del menor de los importes entre el valor de tasación de la vivienda y el precio de compra (sin incluir impuestos y gastos).

Por tanto, el aval cubrirá como máximo un 20% del importe de la hipoteca o el 25% si la vivienda tiene una calificación energética entre A y D.

Si la hipoteca no llegase al 100%, siempre que supere el 80% (o 75%), la cobertura del aval se ajustaría en relación al importe concedido de la hipoteca.

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