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Si eres propietario de una vivienda, debes tener en cuenta una serie de tributos que hay que pagar a Hacienda. Por lo tanto, es muy probable que el término IBI te resulte familiar pero, ¿qué es exactamente?
¡Descúbrelo a continuación!
Si todavía no conoces para qué sirve este impuesto has llegado al lugar adecuado, en el siguiente artículo te vamos a contar todo lo que necesitas saber sobre el impuesto de bienes inmuebles ¡comenzamos!
El Impuesto de Bienes Inmuebles es un tributo anual que debemos pagar todos los propietarios de una vivienda. Este impuesto grava el valor de titularidad de los inmuebles que poseemos.
Afecta a todo tipo de propiedades: pisos, casas, locales, garajes y fincas rústicas entre otros.
Es uno de los impuestos que constituye una de las principales fuentes de ingresos de los ayuntamientos.
Es obligatorio que este impuesto lo pague el dueño del inmueble el 1 de enero del año en curso.
En este caso, el vendedor puede repercutir al comprador la parte proporcional del impuesto por los días pendientes hasta final de año.
El IBI es un impuesto municipal que difiere en función de la localidad en la que se encuentre el inmueble. La cuota anual del IBI se calcula aplicando el coeficiente aprobado por los Ayuntamientos en relación con el valor catastral (se calcula en función del valor del suelo del inmueble, el valor de la construcción y una serie de criterios especificados por cada municipio). Si quieres consultar el coeficiente del IBI de tu municipio puedes hacerlo desde el siguiente enlace:
Imagina que el valor catastral de tu inmueble de Zaragoza está valorado en 18.500 € y necesitas calcular el IBI para saber que cantidad debes pagar.
Para ello, solamente tienes que multiplicar el valor catastral de tu inmueble por el IBI establecido en el ayuntamiento de tu vivienda.
En este caso al ser de Zaragoza el coeficiente del IBI en 2020 es de un 0,97%
Cálculo de IBI en Zaragoza: 18.500 x 0,97%= 179,45 €
Si el valor catastral de tu vivienda en Huesca es de 20.000 € para calcular el coste del IBI en este caso debes realizar el siguiente cálculo:
Multiplica el valor catastral de tu inmueble por el IBI establecido en el ayuntamiento de tu vivienda.
En el caso de Huesca, el coeficiente del IBI en el año 2020 es de un 1,03% por lo tanto:
20.000 € x 1,03% = 203 € es el valor del Impuesto de Bienes Inmuebles que tienes que pagar en Huesca.
Si tienes un piso en Logroño con un valor por ejemplo de 100.000 € deberás proceder igual que en el caso de Zaragoza y Huesca.
Consulta el coeficiente de IBI en tu municipio y multiplícalo por el valor catastral de tu vivienda.
En este caso el cálculo sería:
100.000 € de valor catastral x 1,03% de IBI = 1.030 € de IBI
El pago del IBI puede realizarse en persona o de forma online.
-Si deseas realizarlo en persona debes dirigirte a los bancos o cajas de ahorros colaboradoras de la recaudación.
-Si optas por la forma online puedes realizarlo a través de la web de SUMA.es
Así es, existen dos opciones para fraccionar el pago del IBI.
–Pagos a la carta (PAC): se aplica una bonificación del 5% sobre cada cuota con un límite de 70 € por recibo. Si eliges esta opción el pago se fracciona en 2,3,4 o 9 meses.
–SEPE (Sistema Especial de Pagos): en este caso la bonificación es de un 3,25%
¡Recuerda! antes de seleccionar el método de pago debes tener en cuenta que el pago fuera de plazo está sancionado por ley. Los recargos por retraso del pago varían en función del tiempo que haya pasado desde el último día del periodo voluntario.
Sí, el IBI tiene varias bonificaciones que podemos contemplar en la Ley de Haciendas Locales de nuestro municipio.
Una de las más importantes es la bonificación del IBI sobre las VPO que implica una reducción del 50% en el IBI durante los tres primeros años.
Este tipo de bonificaciones pueden ser obligatorias u optativas en función del ayuntamiento de cada localidad.
Además de las bonificaciones que establece la ley general, hay otro tipo de bonificaciones adicionales que se establecen el ayuntamiento de cada municipio y que puedes consultar en la ordenanza fiscal del IBI.
Las bonificaciones sobre el pago del IBI en Zaragoza establece que aquellas personas que ostenten la condición de familia numerosa y posean una sola vivienda siendo esta la residencia habitual quedarán exentas del pago del impuesto.
Para poder solicitar la bonificación deberás presentar en la Sección de Impuestos de Bienes Inmuebles en Vía Hispanidad 20, la siguiente documentación:
Recuerda que si tienes dudas en nuestra inmobiliaria en Zaragoza te informaremos de todo sin compromiso.
Actualmente existen inmuebles que no están obligados a pagar el IBI.
A continuación te dejamos una lista con los inmuebles exentos de pagar el impuesto de bienes inmuebles:
-La iglesia católica y los inmuebles pertenecientes a asociaciones confesionales no católicas.
-Los inmuebles propiedad del:
-Espacios dedicados a la defensa nacional.
-Sedes diplomáticas de otros países.
-Inmuebles de la Cruz Roja.
-Construcciones catalogadas como patrimonio histórico.
-Inmuebles antiguos de grandes ciudades.
Si tras leer el post te ha surgido cualquier duda relacionada con el sector inmobiliario no dudes en contactar con nosotros.
¡Desde Doctor Property nos gusta poner las cosas fáciles!
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