La Ley de Arrendamientos Urbanos regula la venta de una vivienda con un inquilino en alquiler y establece una serie de derechos al inquilino.
El contrato de alquiler: la duración del mismo la establecen las partes de común acuerdo. La ley en 2019 amplió el plazo de duración mínimo de tres a cinco años. Ello no quiere decir que el inmueble no se pueda vender, sin embargo, durante la vigencia del contrato el inquilino no puede ser desalojado.
La norma recoge una excepción a esto, y es que en el caso de que el arrendador necesite la vivienda para utilizarla como su vivienda habitual, el contrato de alquiler se puede rescindir.
Esta situación la debe comunicar el arrendador al arrendatario con cuatro meses de antelación. Una vez realizada la comunicación el arrendador tiene tres meses para ocupar la vivienda, si no lo realiza el inquilino renueva automáticamente por tres años o bien, tiene derecho a una indemnización de una mensualidad de renta por cada año de contrato.
¿Y si vendo el piso con inquilino? En este caso el contrato no finaliza y el nuevo propietario sustituye al anterior hasta que acabe el contrato.